Legislación Nacional

 

Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)

El INSST tiene la misión de promocionar y apoyar la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, dando así cumplimiento a las funciones que nos encomienda la Ley de PRL y la EESST 2015-2020.

En este enlace podréis acceder directamente a los temas relacionados con bioseguridad, fichas de agentes biológicos, sectores laborales de aplicación, la metodología de evaluación del riesgo biológico y las medidas de prevención aplicables según la normativa española.

Uno de los elementos principales es la "Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos", documento de referencia y de obligada lectura en España.

Editado en 2015, se analiza punto por punto la Directiva 54/2000/CE de obligada aplicación en cualquier instalación que manipule agentes biológicos, toxinas, etc., explicando de manera clara cada uno de sus artículos, con ejemplos, bibliografía,...

//aebios.org/storage/2019/07/Guia-técnica-RD664.png

El día 25 de Noviembre de 2021 se adapta en función del progreso técnico el RD 664/1997, con los siguientes cambios principales:

  • la lista indicativa de actividades establecida en el anexo I se ha modificado añadiendo una frase introductoria para aclarar la naturaleza no exhaustiva de la lista.
  • En el anexo II la lista se ha actualizado en lo que se refiere a la taxonomía, la nomenclatura, la clasificación y las características de los agentes biológicos y la existencia de nuevos agentes biológicos, especialmente virus.

Versión actualizada del RD. 664/1997

https://aebios.org/storage/2022/12/RD664-300x200.png

Comisión Nacional de Bioseguridad (CNB)

La Comisión Nacional  de Bioseguridad, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica, está compuesta por representantes de los diferentes Ministerios implicados, por representantes de las Comunidades Autónomas, así como de personas e instituciones expertas en la materia.

Según lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2003, es un órgano colegiado de carácter consultivo cuya función es informar sobre las solicitudes de autorización presentadas a la Administración General de Estado y a las Comunidades Autónomas sobre Organismos Modificados Genéticamente (OMG), su utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización.

En este enlace podréis encontrar toda la información sobre los procedimientos a seguir y la documentación que se debe presentar para llevar a cabo actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

 

 

 

 

 

//aebios.org/storage/2019/08/OMG.jpg

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Este documento proporciona un enfoque completo y holístico para la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de los recursos naturales y la participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del uso de los recursos genéticos. Uno de los asuntos de los que trata el Convenio es el de la seguridad de la biotecnología, concepto atañe a la necesidad de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles efectos adversos de los productos de la moderna biotecnología.

 

 

//aebios.org/storage/2019/07/protocolo_cartagena-e1562275138994.jpg

Go to Top

Socios Colaboradores